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Cooperativa
de Ahorro y Crédito Moroveña
DIVULGACIÓN
DE LOS TÉRMINOS PARA TRANSFERENCIAS
ELECTRÓNICAS DE FONDOS
De conformidad con la Ley de
Transferencias Electrónicas de Fondos y
el Reglamento E, le divulgamos los términos
y condiciones aplicables a los servicios
de transferencias electrónicas de
fondos en caso de consumidores. Usted tendrá acceso a sus cuentas de depósitos con excepción
de la Cuenta de Certificados de Ahorro
mediante el uso de cajeros automáticos.
Usted no podrá efectuar retiros
de fondos de su Cuenta de Acciones.
La cuenta se activara mediante el
uso de una tarjeta validada y un número
secreto.
Además, su cuenta tendrá acceso
a depósitos preautorizados de fondos.
A.
VALIDACIÓN
DE TARJETAS
Le
proveemos una tarjeta para acceder su
cuenta en los cajeros automáticos sin
requerir una garantía en forma de depósito
en el caso de los socios.
En el caso de los no socios se le
requerirá una garantía en forma de depósito
de $25.00.
Antes de usar la tarjeta de
acceso, el depositante deberá acudir a
la Cooperativa para validar la misma en
nuestras oficinas.
A cada depositante se le asignará
un número secreto, con el cual la
tarjeta quedará validada.
El depositante no podrá usar su
tarjeta hasta tanto la valide.
Si no desea utilizar la tarjeta
deberá destruirla e inmediatamente
notificar a la Cooperativa por escrito
dentro de 14 días.
B.
LOS SERVICIOS DISPONIBLES
PARA SUS CUENTAS SEGÚN APLIQUEN
MEDIANTE CAJEROS AUTOMÁTICOS SON LOS
SIGUIENTES:
1.
Retiros en efectivo de su cuenta
de ahorros y/o cuenta de cheques
2.
Depósitos mediante cajeros automáticos.
Los socios o depositantes no
efectuarán depósitos en efectivo
mediante cajeros automáticos.
3.
Transferencias de fondos
4.
Verificación de balances de sus
cuentas
5.
Pagos autorizados
Al
presente algunos de estos servicios
pueden no estar disponibles en el cajero
automático.
C.
LIMITE EN LAS
CANTIDADES DE TRANSFERENCIAS
Los
retiros en efectivo de la Cuenta de
Cheques y/o Cuenta de Ahorros, procederán
de conformidad a la disponibilidad de
fondos en la misma.
Los retiros de efectivo mediante
el uso de cajeros automáticos no podrán
exceder de $500 diarios en días
laborables.
Queda
convenido que el consumidor no podrá
realizar transacciones cuya cantidad
exceda el balance disponible (fondos
cobrados, no pignorados) en la cuenta y
cualquier crédito disponible en su
cuenta de reserva correspondiente.
En caso de que al recibirse una
orden de pago correspondiente a
una transacción de compra de
mercancía o servicio o por concepto de
adelanto en efectivo, no hubiese balance
disponible en la cuenta ni en la
correspondiente cuenta de reserva, la
Cooperativa no estará obligada a
extender el crédito disponible en la
cuenta de reserva para cubrir el
sobregiro.
A opción de la Cooperativa, la
orden de pago podrá ser devuelta al
comerciante o a la institución
financiera y será responsabilidad del
consumidor el pago de la cantidad objeto
de tal devolución.
En tal caso, la Cooperativa
cobrará el cargo correspondiente por la
devolución de órdenes de pago.
Cuando cualquier comerciante o
institución financiera a la que se le
presente la tarjeta, obtenga autorización
de la Cooperativa para aceptar una o más
ordenes de pago, la Cooperativa tendrá
derecho a establecer retenciones
provisionales contra la cuenta del
consumidor para el pago de dichas órdenes. El consumidor releva a la Cooperativa de cualquier
responsabilidad por retenciones o cargos
efectuados que se realicen por concepto
de una o más órdenes de pago que sean
autorizadas por la Cooperativa y que
luego no sean expedidas por el
consumidor.
El consumidor expresamente
renuncia al derecho de suspender el pago
a cualquier orden de pago originado con
la tarjeta.
D.
DEPÓSITOS
DIRECTOS
PREAUTORIZADOS
El
depositante podrá recibir en su cuenta
depósitos directos preautorizados
procedentes de agencias gubernamentales,
compañías privadas, sistemas de
retiros gubernamentales y privadas, etc.
Estos depósitos se efectuarán a
la cuenta de cheques o cuenta de ahorros
que usted indique.
Los depósitos se acreditarán el
día en que la Cooperativa lo reciba.
La
Cooperativa no enviará estados de
cuentas periódicas para aquellas
cuentas de ahorro en las cuales las únicas
transferencias electrónicas permitidas
son los depósitos directos.
En dicho caso si los depósitos
directos se efectúan en una cuenta de
ahorro de libreta (Passbook), el
depositante podrá acudir a la
Cooperativa, para que le registren en la
libreta los depósitos recibidos en su
cuenta con posterioridad a la última
ocasión en que presentó la libreta
para registro en la Cooperativa.
E.
RETIROS PREAUTORIZADOS
La
Cooperativa con previa autorización por
escrito del Depositante podrá efectuar
retiros preautorizados de fondos de la
Cuenta del Depositante.
Las personas o entidades que
reciben los retiros obtendrán copia de
la autorización emitida por el
Depositante.
Dicha autorización por escrito
establecerá
lo siguiente: Tipo de cuenta de
la cual se van a efectuar los retiros,
el beneficiario y dirección a la cual
se van a remitir los fondos, la cantidad
de retiro preautorizado, la fecha en que
se deberá efectuar el retiro o
transferencia, firma del depositante
autorizando los mismos.
F.
SUSPENSIÓN DE RETIROS
PREAUTORIZADOS
En
caso de que el Depositante desee emitir
una orden de suspensión de pago de una
transferencia electrónica previamente
autorizada, el Depositante notificará
su orden de suspensión de pago, ya sea
verbalmente o por escrito con por lo
menos tres (3) días laborables previos
a la fecha programada en calendario de
la transferencia preautorizada.
En aquellos casos en que la orden
de suspensión de pago de dicha
transferencia se efectúe verbalmente,
el Depositante deberá confirmar la
misma por escrito dentro del período de
los 14 días de haber efectuado la
notificación verbal. Si la orden de suspensión de la transferencia preautorizada
no se confirmase por escrito, la misma
quedará sin efecto al transcurrir el
período mencionado de 14 días.
La
Cooperativa será responsable ante el
socio o depositante por los daños
causados por dejar de efectuar una orden
de suspensión de pago de una
transferencia autorizada siempre y
cuando el depositante haya notificado la
misma conforme según se dispone en este
documento.
G.
NOTIFICACIÓN DE
TRANSFERENCIAS CON VARIACIÓN EN LA
CANTIDAD
Cuando
la cantidad del retiro preautorizado de
fondos varíe, la Cooperativa o el
Beneficiario le enviarán una notificación
escrita por correo o personalmente al
depositante. Dicha notificación deberá ser enviada al depositante con
por lo menos (10) días de antelación a
la fecha programada para transferir los
fondos.
La misma le indicará la cantidad
a transferirse y la fecha en que se
efectuará la transferencia de fondos.
El
depositante en acuerdo con la
Cooperativa o el Beneficiario, podrá
optar por recibir dichas notificaciones
indicando una cantidad límite de
variación en las sumas a transferirse.
En dicho caso la Cooperativa o el
beneficiario solo enviarán un aviso al
Depositante cuando la transferencia
preautorizada sobrepase el límite de
variación convenida.
H.
CARGOS POR SERVICIOS
La
Cooperativa podrá cobrar cargos por
servicio, por el uso de transferencias
electrónicas de fondos conforme las
tarifas que de tiempo en tiempo adopte.
La cuenta podrá ser accesada
mediante cajero automático.
El socio pagará $1.00 mensual y
no socio $2.00 por cuenta
independientemente del número mensual
de transacciones y de tarjetas
autorizadas.
La utilización de su tarjeta en
cajeros automáticos que no pertenecen a
la Cooperativa, podrá estar sujeta a
cargos que cobre la institución
financiera dueño o administrador del
sistema.
El
término de transacción incluye depósitos,
retiros, verificaciones de balances,
pagos, y cualquier otro servicio que se
efectúe o accese mediante cajero automático.
La Cooperativa le notificará al
depositante con 21 días de anticipación
las modificaciones o cambios en los
cargos por servicios.
I.
DERECHO A RECIBIR
DOCUMENTACIÓN REFERENTE A LAS
TRANSFERENCIAS MEDIANTE CAJEROS AUTOMÁTICOS
1.
Al utilizar los cajeros automáticos
para cualquiera de las transacciones
mencionadas anteriormente, el cajero
automático expedirá un recibo de dicha
transacción con la siguiente información;
a.
Cantidad de la transacción
b.
Fecha u hora de la transacción
c.
Tipo de transacción y tipo de
cuenta
d.
Número o código que identifique
la cuenta
e.
Localización del cajero automático
2.
El depositante recibirá
mensualmente un estado de cuenta para
aquellas cuentas que tienen acceso a
cajeros automáticos, a depósitos
directos preautorizados y a retiros
preautorizados.
En el estado de cuenta indicará
entre otras cosas las transacciones
realizadas, incluyendo las que se
realicen mediante el uso de cajeros
automáticos. En dicho estado incluirá entre otras cosas, lo siguiente:
a.
Cantidad de la transacción
b.
Tipo de transacción y tipo de
cuenta
c.
Fecha y hora de la transacción
d.
Fecha en que acreditaron los depósitos
directos, sí alguno
e.
Número de cuenta
f.
Localización del cajero automático
g.
Cargos, sí alguno, por el uso
del cajero
h.
Balances en la cuenta al inicio y
al finalizar el período del estado de
cuenta
La Cooperativa enviará al
depositante los estados de cuenta por
correo a la dirección que obre en los récords
de la Cooperativa.
J.
RESPONSABILIDAD POR
TRANSFERENCIAS NO AUTORIZADAS, HURTO O
EXTRAVÍO DE LA TARJETA DE ACCESO
VALIDADA
1.
Si el depositante cree que su
tarjeta de acceso se le ha extraviado,
hurtado, o que su tarjeta o número de
acceso ha sido o puede ser utilizada por
una persona no autorizada, deberá
informarlo inmediatamente a la
Cooperativa mediante llamada telefónica
y confirmar por escrito la notificación
de hurto o extravío de la tarjeta. De
esta forma podrá reducir las posibles
perdidas.
2.
Si el depositante lo notifica a
la Cooperativa dentro del término de
dos (2) días laborables desde que
adviene en conocimiento de hurto, extravío
o uso no autorizado de su tarjeta de
acceso o número secreto, su
responsabilidad máxima será de $50.00.
Si el depositante no lo notifica
a la Cooperativa, puede perder hasta
$500.
Sin embargo, en caso de que el
depositante no notifique a la
Cooperativa según indicado
anteriormente, el depositante podrá ser
responsable por el total de la suma
retirada si el uso no autorizado se
hubiera podido evitar de haberse avisado
dentro de dicho término de tiempo a la
Cooperativa.
3.
El depositante deberá informar
inmediatamente a la Cooperativa si en su
estado de cuenta se reflejan
transferencias efectuadas por cualquier
medio no autorizadas por este.
Si el depositante no notifica tal
hecho a la Cooperativa dentro del término
de 60 días siguientes al envío del
estado de cuenta en cuestión, el
depositante perderá el derecho a
reembolso alguno por concepto de tales
transferencias o retiro de fondos después
de transcurrido dicho período de 60 días.
Perderá
también ese derecho de reembolso, si la
Cooperativa puede probar que se hubiera
podido evitar el uso no autorizado de la
tarjeta o del número secreto si el
depositante lo hubiera notificado a
tiempo a la Cooperativa.
4.
Si una razón de peso, como
hospitalización o viaje prolongado
fuera de Puerto Rico, le impidiera al
depositante notificarnos a tiempo, la
Cooperativa podría extenderle el período
de tiempo antes mencionado para hacer la
notificación.
5.
El depositante podrá hacer las
notificaciones mencionadas llamando al
siguiente número: (787) 862-7440.
Además, confirmará por escrito
dicha llamada lo más pronto posible,
dirigiendo su carta a la siguiente
dirección: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE MOROVIS, APARTADO 577, MOROVIS PR 00687.
6.
Si una notificación de error
envuelve una transferencia electrónica
de fondos realizada a través de un
Punto de venta así se tratare de una
transferencia electrónica de fondos
efectuada en el extranjero, el tiempo
que podrá tomar la Cooperativa para
concluir su investigación será de 90 días.
K.
DÍAS
LABORABLES
Los
días laborables de la Cooperativa son
de lunes a viernes, excluyendo días
feriados, y las horas laborables son de
7:30 a 5:00.
Nuestra Cooperativa abre sus
puertas los sábados y algunos días
festivos pero estos días no se
considerarán como días laborables.
Las
transacciones que se efectúen mediante
cajeros automáticos después de las
2:00 PM o en días feriados serán
procesadas el próximo día laborable.
Dicho proceso no afectará el período
de gracia concedido en el pago de préstamos.
Los depósitos directos serán
acreditados a la fecha del recibo de
estos.
L.
INFORMES A TERCERA PERSONAS
RESPECTO A LAS CUENTAS
La
Cooperativa solo divulgará información
sobre cuentas o sobre transacciones
autorizadas en los siguientes casos:
1.
Para procesar o completar
transferencias;
2.
Para cumplir con ordenes emitidas
por agencias gubernamentales o
tribunales de justicia;
3.
A solicitud de una agencia de
información de crédito o comercios que
estén verificando la condición de sus
cuentas;
4.
Cuando el depositante lo autorice
por escrito.
M.
RESPONSABILIDAD DE LA
COOPERATIVA POR NO EFECTUAR
TRANSFERENCIAS
1.
Si la Cooperativa no procesará
oportunamente y correctamente una
transacción electrónica, será
responsable por los daños o pérdidas
que sufra el depositante.
Sin embargo, la Cooperativa no
será responsable en las siguientes
situaciones:
a.
si por cualquier razón que no
fuera imputable a la Cooperativa, el
depositante no tiene fondos suficientes
para efectuar la transacción;
b.
si el cajero automático donde
intento efectuar la transacción no esta
operando adecuadamente y el depositante
sabía del desperfecto cuando comenzó
la transferencia;
c.
si el cajero automático donde se
intentó efectuar la transacción no
disponía de efectivo suficiente;
d.
si la transferencia excede los
fondos disponibles en la línea de crédito,
sí alguna;
e.
si el depositante no notifica a
la Cooperativa del hurto, extravío o
uso no autorizado de su tarjeta de
acceso;
f.
si por razones fuera de control
de la Cooperativa o por causas fortuitas
no se puede realizar la transacción, a
pesar de los esfuerzos o precauciones
que la Cooperativa haya tomado;
g.
Puede haber otras excepciones
establecidas en el contrato de su
cuenta.
N.
ENMIENDAS A LOS
TÉRMINOS Y CONDICIONES
La
Cooperativa se reserva el derecho de
enmendar de tiempo en tiempo los términos
y condiciones de esta divulgación.
Toda enmienda a los cargos por
servicios o afecte los servicios
ofrecidos bajo esta divulgación le será
notificada al depositante con 21 días
de antelación.
Sin embargo, no se requerirá
notificación para cuando la enmienda a
los términos y condiciones de esta
divulgación tiene el propósito de
mantener la seguridad del sistema de
transacciones electrónicas de la
Cooperativa.
O.
PROCEDIMIENTO APLICABLE EN
CASO DE ERRORES EN SUS TRANSFERENCIAS
ELECTRÓNICAS
1.
El consumidor deberá comunicarse
vía telefónica o mediante notificación
escrita no más tarde del próximo día
laborable, en todo caso que entienda que
existe algún error en el recibo emitido
por el cajero automático o en su estado
de cuenta, o tenga preguntas sobre sus
transferencias electrónicas.
La Cooperativa deberá recibir su
reclamación por escrito dentro de los
60 días siguientes a la fecha del envío
del estado de cuenta donde
aparece el error por primera vez.
Al comunicarse con la
Cooperativa, el consumidor deberá
proveer la siguiente información:
a.
Su nombre y número de cuenta
b.
El motivo de su reclamación
c.
La cantidad de su reclamación
El consumidor puede comunicarse vía
telefónica con la Cooperativa al
siguiente numero (787) 862-7440 o al teléfono
libre de cargos 1-800-605-7513 (Isla).
El consumidor deberá confirmar
por escrito a la Cooperativa dentro de
los 10 días laborables siguientes a la
referida llamada telefónica.
Dicha notificación escrita se
efectuara a la siguiente dirección: PO Box 577,
Morovis PR 00687.
2.
Luego del recibo de su comunicación,
la Cooperativa le informará al
consumidor los resultados y conclusiones
de la investigación dentro de los
siguientes 10 días laborables.
Cualquier error será corregido
prontamente.
Sin embargo, si la Cooperativa
necesitara más tiempo para investigar
su queja, podrá tomar hasta 45 días
para investigar y contestarle la misma.
En dicho caso, se acreditara
provisionalmente la cantidad alegada a
la cuenta del consumidor dentro de los
10 días después de recibir su
notificación escrita.
De este modo, el consumidor podrá
utilizar dichos fondos durante el tiempo
que le tome a la Cooperativa concluir su
investigación.
La acreditación provisional a su
cuenta de la suma reclamada no procederá
si el consumidor incumple con el
requerimiento de confirmar por escrito
su problema o queja a la Cooperativa
dentro del término previamente
establecido.
3.
En caso de que la Cooperativa
concluya que no hubo error, le enviará
al consumidor una explicación por
escrito a los 3 días laborables
siguientes a la fecha de la conclusión
de la investigación y anulará la
acreditación provisional haciendo los
ajustes correspondientes.
El consumidor podrá solicitar
copia de los documentos utilizados por
la Cooperativa en la investigación.
4.
En caso de que la Cooperativa
determine que hubo error, la acreditación
provisional se hará definitiva, o de no
coincidir el error alegado con el
cometido se harán los ajustes
correspondientes a la misma.
El
consumidor reconoce que los cajeros
automáticos constituyen una operación
mecánica y como tal su funcionamiento
está fuera del control de la
Cooperativa y puede que en ocasiones la
tarjeta sea retenida y/o no pueda
realizarse a través del cajero automático.
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